Plazo para presentar solicitudes hasta el 2 de marzo

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de la Junta de Andalucía ha publicado la Orden de 21 de diciembre de 2020 , por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Ayuntamiento de Villaharta ha suscrito un convenio de colaboración con dicha Consejería y actuará como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas a las personas beneficiarias:

DESCRIPCIÓN

Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas, agrupadas en fila o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia residentes tendrá que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para la misma vivienda en los 3 años anteriores.

REQUISITOS DE LAS VIVIENDAS

– Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
– No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
– Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2 .
– Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
– Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
– No tener la consideración de infravivienda.
– Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención (se podrá facilitar el modelo de informe técnico (se ofrece este modelo con el contenido mínimo que debe comprender).

IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES

Con carácter general se subvencionará el:
– 40% del presupuesto protegible.
– 75% del presupuesto protegible en caso de unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM o residentes con discapacidad o mayores de 65 años en obras de accesibilidad.
– 25% de los honorarios profesionales, con un límite de 500 euros, para unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM.

FINALIDAD DE OBRAS
Las obras subvencionables que se lleven a cabo pueden agruparse según el objeto de las mismas, ya sea la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad o la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

CRITERIOS DE PUNTUACIÓN

Las solicitudes serán evaluadas conforme a unos criterios objetivos en relación a la finalidad de la obra, la situación socio-económica de las personas residentes en la vivienda y a las características de ésta.
 
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 2 DE MARZO DE 2021

Más información en el Ayuntamiento de Villaharta y en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda